miércoles, 17 de septiembre de 2025

La Fiscalía cree que la "expulsión" de Copé (EU-Podem) del pleno "vulnera" sus derechos de representación

 ALICANTE.- La Fiscalía Provincial de Alicante ha remitido un escrito al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de la ciudad en el que considera que "resulta suficientemente acreditado que la expulsión" del portavoz de EU-Podem, Manolo Copé, del pleno del Ayuntamiento "supone una vulneración" de sus "derechos de representación", que son "de carácter fundamental por estar protegidos" por el artículo 23 de la Constitución.

De esta forma se desprende de un documento notificado este martes, en el que se apunta que "la resolución previa, que desestimó que hubiera vulneración del derecho de representación", se fundamentó en que Copé "no acudió" a la sesión plenaria, "aunque previamente se le había dicho que no tenía derecho de asistencia", a pesar de que, "al igual que en el presente supuesto, había sido convocado por vía telemática". 

"No ocurre en este caso, puesto que el demandante sí intentó ejercer sus derechos", recoge el escrito.

El Ministerio Público considera que los permisos de paternidad los solicitó Copé "conforme a la legislación vigente" y que "queda fuera de toda duda que, a pesar de estar disfrutando de un permiso de paternidad, tenía intención de ejercer el núcleo de su actividad de control del gobierno municipal".

"La legislación no exige que el permiso por paternidad se ejerza solo cuando se justifique que tiene la necesidad de atender especiales obligaciones parentales. Para nada interfiere en el normal desarrollo de la actividad consistorial si uno o más concejales están disfrutando de un permiso de paternidad. Sí es un grave disturbio del ejercicio democrático que se prive de ese derecho a un concejal electo", argumenta la Fiscalía Provincial de Alicante.

También se refiere a que el Ayuntamiento, como parte demandada, alega que ya existía una anterior sentencia desfavorable sobre parecido objeto, que Copé tuvo la posibilidad de solicitar los permisos sin que le coincidieran con los plenos, que el edil de la coalición no ha justificado que tenga una necesidad concreta de disfrutar de sus permisos en dichas fechas, que el permiso por maternidad no "es un permiso laboral, sino una suspensión del contrato de trabajo", y que el demandante ha ofrecido información a la prensa sobre lo que constituye el objeto del presente procedimiento.

Al respecto, la Fiscalía no ve necesario entrar a valorar la afirmación de que el permiso por maternidad no es laboral "sino una suspensión del contrato de trabajo" sufragada por la Seguridad Social, "pues, cualquiera que sea su naturaleza, la repercusión debe ser la misma".

De esta forma, recalca que nada de lo propuesto ni alegado "justifica la prohibición expresa y terminante del ejercicio de representación" de Copé y que "dicha prohibición supone una quiebra no solo de sus derechos y obligaciones sino también de aquellos que lo eligieron como representante mediante el ejercicio de su derecho a voto".

El portavoz de EU-Podem ha celebrado el contenido del escrito del Ministerio Público: "La Fiscalía nos da la razón y desmonta el intento del alcalde Barcala de bloquear la labor de control y fiscalización de la oposición. Defender el derecho a la participación política no es un capricho, es una obligación democrática".

"Seguiremos defendiendo la transparencia, la democracia y el derecho de la ciudadanía a estar informada de lo que ocurre en su Ayuntamiento", ha apuntado Copé este miércoles en declaraciones distribuidas a los medios.

En esta línea, EU-Podem ha subrayado en un comunicado que "este pronunciamiento supone un respaldo a los derechos fundamentales de los concejales y concejalas y un toque de atención al equipo de gobierno del PP", al que acusa de "ejercer una política de opacidad y bloqueo".

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