Así, su letrada María Sansano, ha expuesto en el planteamiento de las cuestiones previas que la imputación de Lorente fue "a las puertas" de cerrar la instrucción, siete años después de abrirse la causa, y que se produjo en base de una escuchas y unas pruebas que habían sido obtenidas de manera "ilícita". Además, ha criticado la ausencia de un "control judicial" para determinar la "veracidad" del contenido de las grabaciones.

Por ello, ha reclamado a la Sala la nulidad de las resoluciones judiciales que se han dado durante la investigación y que han permitido la intervención de las conversaciones telefónicas por una "clara falta de motivación y justificación policial" para justificar la existencia de un posible delito, así como de las propias escuchas y ha apelado a la falta de "igualdad de armas" puesto que Fiscalía sí ha podido acceder a los audios y las defensas no: "Es una indefensión de libro".

De esta manera se ha concluido la primera semana del juicio que se celebra en la sección séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, por el supuesto amaño en la adjudicación del Plan Zonal de residuos de la Vega Baja entre los años 2008 y 2009. 

Así, todas las defensas de los acusados se han adherido a la petición de nulidad de las escuchas, mientras que el presidente del Tribunal ha dispuesto las fechas de 23 y 24 de noviembre para la resolución de las cuestiones previas planteadas.

La Fiscalía Anticorrupción solicita penas que oscilan entre los tres años y medio y los 17 años de cárcel para 13 acusados por delitos de cohecho, revelación de información privilegiada, tráfico de influencias, prevaricación, fraude y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos. 

A Ripoll le pide hasta 16 años de prisión y 41 de inhabilitación; 17 años y 20 de inhabilitación para los empresarios Angel Fenoll y Enrique Ortiz; y cuatro años de prisión y 24 de inhabilitación para Mónica Lorente.

Asimismo, Sansano ha insistido en que la celebración del juicio oral, previsto para el mes de enero, sería una "violación de los derechos fundamentales" de los acusados puesto que no se ha tenido acceso a las escuchas ni a las transcripciones, por lo que "sería lógico" que cuando se produce dicha "indefensión", no se celebre el juicio de una causa "sustentada en unas pruebas obtenidas de manera ilícita".

Igualmente, ha recalcado la "ilegitimidad constitucional" de todos los autos relativos a la prórroga de las escuchas, así como el que da origen a la investigación con las intervenciones al empresario Ángel Fenoll en 2007, por "vulnerar el secreto de las comunicaciones".

 Por último, ha subrayado que si la Sala declara nulas las escuchas "no sería un fracaso del sistema judicial", sino un reconocimiento a que se ha producido una vulneración de los derechos fundamentales de los acusados.

Durante el resto de la sesión, los letrados se han adherido a la petición de nulidad de las escuchas y de resoluciones judiciales por vulneración del derecho de defensa de los acusados, y además, se ha hecho referencia a la manipulación de las grabaciones que sustentan las acusaciones.

La Audiencia abre el plazo para recurrir el fallo sobre el PGOU de Alicante 

Por otra parte, la Audiencia de Alicante ha abierto de forma oficial el plazo para la presentación de recursos a la sentencia dictada el pasado mes de julio por la pieza del llamado 'caso Brugal' relativa al diseño del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad.

En una diligencia de ordenación notificada este martes, la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante establece un periodo de diez días para que las acusaciones o las defensas puedan anunciar su intención de acudir al Tribunal Supremo (TS) en busca de una revocación de la resolución judicial.

En dicha resolución, el tribunal absolvía a siete de los nueve procesados, entre los que se encontraba la exalcaldesa de Alicante del PP Sonia Castedo, al descartar la existencia de una trama que promoviese un trato de favor a los intereses del empresario Enrique Ortiz en la redacción del que iba a convertirse en el nuevo planeamiento urbanístico de la ciudad.

En esta línea, la sentencia solo condenaba al también exalcalde de la capital alicantina del PP Luis Díaz Alperi y al propio Ortiz por sendos delitos de cohecho impropio relacionados con la recepción o entrega de regalos.

En el caso del exregidor, el disfrute de un viaje a Creta en jet privado, valorado en 36.000 euros. Y, en el caso del empresario, el obsequio de una chaqueta marca Carolina Herrera a Castedo.

Eso sí, según la sentencia, esos regalos no tuvieron ninguna vinculación con la supuesta concesión de un trato de favor en la redacción del nuevo planeamiento.

La apertura del plazo para el anuncio de los recursos de casación se produce días después de que la sala rechazase la solicitud de aclaración y complemento de sentencia planteada por la Fiscalía Anticorrupción al considerar que el fallo recogía los hechos considerados probados y que no procedía añadir o incorporar ningún elemento nuevo.

Por el momento, la defensa de Díaz Alperi ya ha anunciado su pretensión de recurrir ante el TS en busca de una exculpación y se da por hecho que la Fiscalía Anticorrupción también presentará recurso en busca de una condena condenatoria para los nueve procesados, como ya sucedió respecto a la sentencia absolutoria sobre la contrata del servicio de recogida de la basura de Orihuela, la causa matriz del 'caso Brugal'.