Así consta en un auto dictado el 12 de abril pasado por los magistrados de la Sección Tercera Maurandi Guillén y Lucas Murillo en el que admite a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por el abogado oriolano José Luis Mazón contra el archivo de la queja, que fue acordado el pasado 26 de noviembre por la Comisión Disciplinaria del CGPJ.
El letrado, que también presentó la queja archivada por el órgano de gobierno de los jueces, solicitó al alto tribunal que revise el archivo de esta denuncia y sancione al magistrado por infracción del deber de abstención.
La Comisión Disciplinaria del CGPJ archivó la queja contra De la Rúa a pesar de admitir que la imparcialidad del magistrado estaba "en cuestión" después de que el presidente Francisco Camps se refiriera a él como "amigo".
La resolución del órgano de gobierno de los jueces, que fue notificada el pasado 19 de enero, ponía "en cuestión" la apariencia de imparcialidad ante la sociedad de De la Rúa,"no sólo por lo manifestado por el presidente del Gobierno de la comunidad autónoma, que se admite como hecho probado, sino también por tratarse del presidente de la Sala Penal competente para el conocimiento del recurso y por intervenir finalmente en su deliberación y fallo".
Pese a esta argumentación, la Comisión Disciplinaria decidió no seguir adelante con la información previa abierta con motivo de la denuncia presentada por el abogado contra De la Rúa, al entender que la investigación realizada por los Servicios de Inspección del CGPJ no encontró hechos objetivos de entidad suficiente "para considear indiciariamente probada una amistad íntima entre ambos presidentes, ni tampoco una conciencia de tal amistad íntima" por parte del propio presidente del TSJCV.
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