MADRID.- La Audiencia Nacional ha condenado a 268 años de cárcel al etarra Jon Joseba Troitiño Ciria, sobrino del histórico miembro del 'comando Madrid' Anton Troitiño, al considerar probada su participación en la colocación de dos bombas que explotaron el 22 de julio de 2003 en los hoteles 'Bahía' de Alicante y 'Nadal' de Benidorm con el objetivo de "matar a agentes de la autoridad".
En una sentencia dictada este viernes, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal accede a la petición solicitada por el Ministerio Fiscal y atribuye a Troitiño Ciria dos delitos de estragos terroristas y 14 de asesinato terrorista en grado de tentativa, en relación con el número de personas que resultaron heridas en los dos hoteles. Además, le impone la prohibición de residir o acudir a las localidades de Benidorm y Alicante en los próximos diez años.
El tribunal, formado por Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Clara Bayarri, destaca en su resolución que el acusado y el también etarra Asier Eceiza cometieron estos atentados en cumplimiento de una de las denominadas "campañas de verano" desarrollada por la organización terrorista ETA, consistentes en "la colocación de artefactos explosivos en hoteles y centros comerciales y turísticos de la costa mediterránea en los meses de plena ocupación".
Para ello, alquilaron un piso en la calle Juan Ramón Jiménez de Valencia que utilizaban como centro de operaciones y en el que fueron hallados ocho detonadores, 2,8 kilos de dinamita y cordón detonate. Utilizando una identidad falsa, Troitiño reservó dos habitaciones en los hoteles elegidos y colocó sendas maletas que contenían entre 10 y 12 kilos de cloratita.
Sobre las 11 horas del 22 de julio de 2003 se recibió una llamada en el diario 'Gara' y otra en la del 'Levante' en las que se alertaba de la colocación de los artefactos y se explicaba que explotarían a mediodía. El aviso permitió a la policía poner en marcha sendos dispositivos para desalojar los dos hoteles aunque las bombas estallaron cuando se estaban realizando estas labores.
Entre las pruebas valoradas por el tribunal se encuentran el testimonio del recepcionista de un hotel y la gobernanta del otro, así como de las trabajadoras de una clínica dental de Valencia a la que acudió el etarra, lo que demuestra su presencia en esta zona cuando se produjeron los hechos.
La sentencia destaca que los avisos que se produjeron antes de las explosiones no constituyen "excusa absolutoria alguna" debido a la "manifiesta premura horaria" con que se produjeron, la "exorbitante carga explosiva" que habían colocado, las "circustancias de lugar y tiempo elegidos" y el "conocimiento cabal, directo y preciso" que los terroristas tenían de los establecimientos hoteleros.
"Ni avisando con 40 horas de antelación, en edificios sin viviendas, en hoteles sin huéspedes, el aviso de la colocación de unos artefactos explosivos de tal magnitud excluye ni evita la apreciación del ánimo homicida que la colocación misma de tan mortíferos artefactos conlleva", aseguran los magistrados.
El juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 1 de junio, se desarrolló ante la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, que dejó en libertad en abril pasado al tío de Troitiño tras haber cumplido 24 de los 2.746 años de cárcel por los que había sido condenados tras cometer 22 asesinatos.
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