viernes, 7 de mayo de 2010

La Generalitat presenta un contencioso-administrativo para que se disuelva el grupo municipal socialista de Benidorm

ALICANTE.- La Generalitat ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Benidorm, en sesiones plenarias de fecha 2 y 26 de octubre de 2009, para que se disuelva el grupo municipal socialista, "ya que sus integrantes son concejales no adscritos", y para que se anulen "todos los derechos políticos y económicos de éstos".

El conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, desde cuyo departamento se ha decidido las acciones judiciales contra estos acuerdos del Ayuntamiento benidormense, que señaló en un comunicado que lo ocurrido en Benidorm con la moción de censura que quitó de la alcaldía al 'popular' Manuel Pérez Fenoll, es "una flagrante violación de la legalidad vigente donde no hay acatamiento de la Ley, por lo que la Generalitat se ve en la obligación de hacer cumplir la legalidad vigente".

La Generalitat, por tanto, impugna los acuerdos del Ayuntamiento de Benidorm en los que "los tránsfugas se otorgan mayores retribuciones y más funciones políticas, como la pertenencia a un mayor número de comisiones y, por lo tanto, mayores retribuciones, vulnerando así el artículo 73 de la Ley de Bases de Régimen Local que prohíbe que los tránsfugas tengan mayores derechos políticos y económicos".

La Generalitat "ha actuado en defensa de la legalidad vigente y de los intereses de los ciudadanos de Benidorm", manifestó, y añadió que los "tránsfugas han de pasar a la situación de no adscritos y no pueden pertenecer a ningún grupo municipal, tal como marca la Ley", algo que "no se ha producido al permanecer en el grupo municipal socialista".

Este recurso tiene lugar tras el requerimiento de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía el 8 de febrero de 2010 por el que se daba el plazo de un mes para modificar, anular o revocar los acuerdos del pleno del Ayuntamiento de Benidorm, de fecha 2 y 26 de octubre de 2009, en particular, procediendo a la disolución del grupo municipal socialista, así como a la anulación de todos los derechos políticos y económicos de los miembros no adscritos, todo ello de conformidad con el artículo 65 de la Ley 7/1985.

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