Cada vez los argumentos en contra de tal medida restrictiva de libertad y coactiva, son más contundentes y notorios, motivo por el que cabe esperar el apoyo de los órganos judiciales, pues es indiscutible que tanto vacunados como no vacunados contagian igualmente; por ello el pasaporte covid, que fue creado como medida para evitar la propagación del virus, carece de todo sentido, salvo el coaccionar a la población civil a vacunarse con un producto experimental, cuando no se debe olvidar que la vacunación en España es voluntaria y cuando cada vez son más los efectos adversos reconocidos derivados de la inoculación.
Es por ello que el pasaporte covid-19 constituye una medida limitativa irracional, ilógica e ilícita, al vulnerar los derechos fundamentales inherentes a toda persona por el mero hecho de serlo.
A mayores, cabe recordar que a la hora de limitar derechos fundamentales, se debe justificar sobradamente las medidas impuestas y debe hacerse en base a datos irrefutables, por ello, la Administración que limite los derechos debe acreditar previamente que las personas computadas como positivas tienen efectivamente tal virus; sin embargo, la base de la que parte la Administración para limitar derechos fundamentales se encuentra en los resultados de las pruebas PCR, cuando es público y notorio que por sí solas son ineficaces para detectar el SARS CoV-2, tal y como ha reconocido el propio Ministerio de Sanidad.
Por último, los propios técnicos del Ministerio de Sanidad y de las Comunidades Autónomas, en informe emitido en el seno del último consejo interestatal del Sistema Nacional de Salud, consideran que el pasaporte covid no es una medida eficaz para evitar el contagio.
De hecho, Castilla y León ya ha descartado el pasaporte covid para acceder a interiores, con arreglo a los hechos actuales y a la normativa aplicable, tanto nacional como internacional, por lo que procede acceder judicialmente a nuestras justas y licitas pretensiones.
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