VALENCIA.- La Agencia Española de Protección de Datos
(AEPD) ha dictado una resolución en la que insta a Radio Televisión
Valenciana (RTVV) a facilitar a un trabajador los criterios utilizados
en la baremación para decidir su inclusión en el Expediente de
Regulación de Empleo (ERE) y advierte de la posibilidad que tiene el
afectado de impugnar aquellas resoluciones que le perjudiquen.
Los hechos se remontan a marzo de 2013, cuando este exempleado del
canal público pidió a RTVV el resultado del baremo que utilizó sus
datos personales para conocer las causas que motivaron su despido, así
como las personas u organismos que valoraron dicha información.
Tras esperar 30 días sin obtener respuesta, el trabajador entendió
que se había producido un silencio administrativo, por lo que decidió
interponer una reclamación ante la Agencia de Protección de Datos, ha
explicado este antiguo trabajador.
Recientemente, el 1 de octubre, el organismo estatal ha emitido su
resolución, en la que da como acreditado que "el reclamante ejercitó su
derecho de acceso ante la entidad demandada, y que, transcurrido el
plazo establecido conforme a las normas antes señaladas, su solicitud no
obtuvo la respuesta legalmente exigible".
En este sentido, recuerda que, de acuerdo con el artículo 13 de la
Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), toda persona tiene derecho a
no verse perjudicado por decisiones, con efectos jurídicos, que se
hayan obtenido a consecuencia de un tratamiento de datos cuya finalidad
ha sido evaluar determinados aspectos de su personalidad.
"Este tipo de tratamiento --prosigue el texto-- puede tener por objeto valorar el rendimiento laboral de
una persona, su capacidad de crédito, su conducta, la posibilidad de
confianza en sus actuaciones, y cualquier tipo de comportamiento que,
sólo mediante un tratamiento de datos, permite ofrecer una evaluación de
las características del individuo".
"Si basándose en este tipo de tratamiento, la persona se ve
afectada por una decisión privada un acto administrativo, tiene derecho a
impugnar dichas resoluciones", recalca la agencia, que agrega que,
además, "tiene derecho a pedir información sobre los criterios de
valoración y el programa utilizado en el tratamiento de sus datos que
sirvió para adoptar las decisiones sobre apreciaciones de conducta".
Asimismo, apunta que la obligación general del responsable del
fichero para el ejercicio de cualquier derecho es contestar expresamente
a la solicitud recibida, estimando o desestimando la petición y precisa
que el deber de contestación expresa "procede, incluso, cuando no
existen datos registrados relativos al solicitante, debiendo el
responsable informar específicamente de la inexistencia de datos
referentes al interesado en sus ficheros".
Por todo ello, la AEPD estima la reclamación del exempleado e
insta a RTVV a que, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la
notificación de la resolución, remita certificación en la que se
facilite el acceso solicitado, "pudiendo incurrir en su defecto en una
de las infracciones previstas en el artículo 44 de la LOPD", advierte.
Contra la decisión de la Agencia, que pone fin a la vía
administrativa, cabe recurso de reposición ante el director de la
Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o,
directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
El trabajador al que ha dado la razón la AEPD asegura que este
dictamen pude ser "un argumento más" contra un ERE cuyo juicio está
señalado en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana
(TSJCV) para el próximo 21 de octubre. Además, ha avanzado que en breve
puede haber otra resolución similar, puesto que le consta que una
compañera reclamó también a la agencia poco después que él.
De hecho, Intersindical en RTVV informa en su cuenta de Twitter de
que el registro de RTVV ha estado "colapsado por trabajadores afectados
por el ERE pidiendo las actas de baremación". Incluso, se ha celebrado
una concentración en la que los afectados han exigido una "baremación
justa".
Después de conocer la opinión de Protección de Datos, el
representante de Compromís en el Consejo de Administración de RTVV, Rafa
Xambó, ha afirmado que "tanto la dirección general como el Consell
tienen un grave problema por las actuaciones irregulares de la empresa,
por no publicar la baremación y por pedir datos que la empresa ya
debería tener en su poder al ser trabajadores que han aprobado una
oposición".
"El director de entonces, José López Jaraba, no nos hizo caso y
ahora RTVV tiene otro frente abierto y un grave problema más para
resolver", ha sentenciado el consejero en un comunicado.
La coalición cree que desde RTVV, "se ha actuado de una forma
totalmente mafiosa y mala, y es preciso que los responsables paguen por
el mal hecho".
"No pueden desaparecer sin que tengan ninguna
responsabilidad porque han hecho mucho mal a la radio y la televisión
públicas valencianas", ha rematado.
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