MADRID.- El BOE ha publicado la orden ministerial que desarrolla
las condiciones en las que se permitirá salir a la calle a partir de
este sábado día 2. Los mayores de 14 años podrán dar paseos una vez al
día con un acompañante y en un radio de un kilómetro, sin limitación de
tiempo, como ya anunció el jueves por la tarde el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Quien quiera hacer deporte tendrá que hacerlo de forma individual una
única vez al día, y tampoco tendrá un límite de tiempo, siempre que sea
dentro del municipio y de las franjas horarias estipuladas.
En
la medida de lo posible, los paseos y la actividad física deberán
realizarse de manera continuada "evitando paradas innecesarias en las
vías o espacios de uso público". Está prohibido coger vehículos
motorizados o transporte público para desplazarse a otros lugares en los
que practicar deporte.
Por lo demás, se podrá circular por cualquier
vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas
verdes que estén autorizadas, siempre que se respeten los límites de
distancia. No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas
cerradas para la práctica de estas actividades.
El texto que se publica este viernes en el BOE, vigente
hasta el final del estado de alarma, recoge que los residentes en
centros sociosanitarios de mayores no podrán salir a practicar actividad
física por tratarse de unos de los colectivos más vulnerables.
El
plan está condicionado a horarios, como adelantó Illa: para el
ejercicio y paseos, se podrán hacer entre las 6.00 y 10.00 de la mañana o
de 20.00 y 23.00 horas. Quienes tengan que salir asistidos por un
cuidador, tendrán que hacerlo de 10.00 a 12.00 o de 19.00 a 20.00.
Es la
misma franja que se reserva para los mayores de 70 años tanto para
hacer deporte como para pasear. Los paseos con los niños quedan
limitados desde las 12.00 a las 19.00 horas, y se mantiene el límite de
una hora como máximo.
Una persona puede salir para
realizar deporte o pasear en la franja que le corresponda y también
acudir ese mismo día con los menores en su horario de paseo, según
consta en el BOE y ha confirmado después Fernando Simón, responsable del
Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias.
Ocurre lo mismo con las
compras en el supermercado o las farmacias, por ejemplo: estos
desplazamientos para hacer ejercicio o pasear "se entienden sin
perjuicio de los permitidos con carácter general" en el decreto inicial
sobre el estado de alarma.
Habrá dos
excepciones en las que no se aplicarán las franjas horarias: en
los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que
administren núcleos de población separados con una población igual o
inferior a 5.000 habitantes (el horario será entre las 6:00 horas y las
23:00 horas) y en los casos en los que por razones médicas "debidamente
acreditadas" y "motivos de conciliación justificados" se deba hacer a
otras horas.
Para posibilitar que se mantenga la
distancia de seguridad, las entidades locales facilitarán el reparto del
espacio público "a favor de los que caminan y de los que van
en bicicleta, en ese orden de prioridad".
Por otro
lado, aunque la práctica no profesional de deporte debe ser individual,
habrá una excepción para las personas que "por necesidad tengan que
salir acompañadas" y podrán hacerlo por "una persona conviviente, una
persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual".
BOE Núm. 121Viernes 1 de mayo de 2020Sec. I. Pág. 30925
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