Así consta en un auto, a raíz de una demanda formulada por el padre frente a la madre (están divorciados) para que el juez se atribuyera la facultad de decidir ante las discrepancias de los progenitores sobre la vacunación de la hija.
En el convenio regulador se hacía constar que ambos progenitores deberán autorizar las vacunas no previstas en el calendario oficial, siempre que no sea suficiente el mero consentimiento de la menor y, en caso de desacuerdo, correspondería a la autoridad judicial decidir.
A la menor le pusieron la primera dosis en agosto, pese a la oposición del actor, y estaba pendiente la segunda para septiembre. La niña expresó ""claramente" su voluntad de ser vacunada pese a que su padre trataba de convencerla de lo contrario con los argumentos expuestos.
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