miércoles, 21 de mayo de 2025

Un juzgado considera conforme a derecho que Calpe declarara caducada una licencia para un hotel de 35 plantas

 ALICANTE.- Un juzgado de lo contencioso-administrativo de Alicante ha desestimado un recurso presentado por la mercantil Sol de Calpe y considera conforme a derecho que el Ayuntamiento de Calpe declarara la caducidad de la licencia concedida a esta empresa en 2017 para la construcción de un hotel de dos torres de 35 alturas en una parcela ubicada en la avenida Juan Carlos I, cercana a las salinas del municipio. La sentencia se puede recurrir al ser de primera instancia.

Así lo ha informado este miércoles la administración local en un comunicado, en el que ha recordado que declaró la caducidad de la licencia "tras comprobar que había transcurrido el plazo de ejecución" de esta "sin que se hubieran iniciado las obras y tras la aprobación de la modificación D14 del Plan General de Ordenación Urbana de Calpe, que contemplaba nuevas normas urbanísticas a las que no se ajustaba la licencia de obras concedida".

"Sol de Calpe arguye en el recurso que no procede la caducidad de la licencia por considerar que desde que esta fue concedida se han producido una serie de circunstancias que han impedido el inicio de las obras", ha explicado el Ayuntamiento.

En este sentido, ha continuado el consistorio, "se hace referencia al recurso contencioso-administrativo que presentó la Generalitat Valenciana en 2018, que conllevó la suspensión de la licencia, que fue finalmente desestimado al igual que el posterior recurso de apelación, mediante sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), declarada firme el 10 de septiembre de 2021".

Según el Ayuntamiento, la empresa también aduce "que ha manifestado en repetidas ocasiones y mediante diferentes escritos presentados por registro de entrada en el Ayuntamiento su intención de iniciar las obras y que, por tanto, no existe una conducta de abandono o en desistimiento de su intención de edificar".

"Sin embargo, el juzgado señala en la sentencia que la parte demandante se limita a manifestar que quiere ejecutar las obras, pero eso no es más que una simple declaración vacía de contenido. Desde la declaración de firmeza de la sentencia de la sala de fecha 10 de diciembre de 2021, no ha realizado ninguna actuación material tendente a la ejecución de la obra", ha asegurado la administración local.

Asimismo, ha remarcado que "en la sentencia se hace referencia a que la mercantil no disponía de financiación para ejecutar la obra así como a la modificación del planeamiento al que no se ajustaba este proyecto" y, "como señala la jurisprudencia, la licencia garantiza el derecho a la edificación, pero no la inmutabilidad del régimen urbanístico".

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