miércoles, 30 de junio de 2010

Ecologistes en Acció presenta un recurso de reposición contra la DIC para la ampliación del El Plantío

ALICANTE.- Ecologistes en Acció ha presentado un recurso de reposición contra el acuerdo del Consell por el que se aprueba la Declaración de Interés Comunitario (DIC) para la actuación integral turístico-deportiva-hotelera que supone la ampliación del campo de Golf El Plantío, en el término municipal de Alicante, según informa este miércoles en un comunicado la asociación ecologista.

Con este recurso de reposición Ecologistes en Acció pide que se proceda a la suspensión de la ejecución de la ampliación, puesto que "puede causar perjuicios de imposible reparación, al posibilitar una actuación urbanística sobre suelo no urbanizable en la que se ven afectados múltiples intereses que no han sido debidamente considerados".

La asociación ecologista alega en contra de la decisión del Consell que el ámbito territorial de una DIC "no puede incluir suelo no urbanizable de especial protección, sino únicamente suelo no urbanizable común o rústico".

"La DIC destina terrenos calificados como, suelo no urbanizable de especial protección --rambla-- al campo de golf, un uso no permitido por el vigente Plan General de Ordenación (PGOU) de Alicante en su normativa urbanística", señalan desde la asociación.

Ecologistes en Acció considera que en el caso de la actuación en El Plantío "no existe" el preceptivo estudio de integración paisajística exigido por el Reglamento de Paisaje de 2006.

"Dada la magnitud del ámbito afectado por la actividad propuesta --739.432 metros cuadrados--, y teniendo en cuenta que se está tramitando un nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en Alicante, se considera que la tramitación de la DIC no tiene mucho sentido, al margen de la tramitación de un instrumento de ordenación territorial de mayor entidad" señalan los ecologistas.

Así mismo, Ecologistes en Acció destaca que el riego del campo de golf "no está garantizado ni soportado en título concesional alguno expedido por el Organismo de Cuenca", puesto que "un cambio de usos de unos terrenos agrícolas, como es el caso, aunque estuvieran parcialmente abandonados, a uso turístico-recreativo, necesitan un título concesional otorgado por el Organismo de Cuenca, que no existe en este procedimiento administrativo".

La asociación señala, además, que "el acuerdo de aprobación de la DIC no establece ningún condicionante para que los apartamentos turísticos a construir en parte de los 39.438 metros cuadrados de aprovechamiento urbanístico atribuidos a los 262.923 metros cuadrados de suelo no urbanizable común, se conviertan en un uso residencial, prohibido terminantemente por la legislación urbanística".

"Esto se está convirtiendo en una táctica habitual en promotores, que en este caso, consistió en solicitar una DIC para la construcción de un hotel colindante con el campo de golf, para después convertir los metros cuadrados de techo concedidos en apartamentos turísticos individuales con un uso residencial permanente", asegura Ecologistes en Acció.

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