La Sala ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por la representación procesal del imputado contra un auto, dictado el pasado 29 de abril, por la titular del juzgado de primera instancia a instrucción número 2 de La Vila Joiosa, que confirmaba la prisión provisional.
El tribunal mantiene la resolución del órgano instructor, pero posibilita la libertad del imputado, previa consignación del importe fijado. No obstante, éste deberá comparecer quincenalmente en el juzgado de Villajoyosa en caso de depositar la cantidad estipulada.
Los magistrados de la Audiencia de Alicante fundamentan su resolución en la doctrina del Tribunal Constitucional, que justifica la necesidad de adoptar la medida cautelar de privación de libertad, en un primer momento, atendiendo solamente al tipo de delito --en este caso una muerte violenta-- y a la gravedad de la pena, ante la existencia del riesgo de fuga.
Sin embargo, matiza que "el paso del tiempo modifica estas circunstancias y obliga a ponderar los datos personales y los del caso concreto conocidos en momentos posteriores".
La Sala concluye que el auto recurrido constata que existen indicios que apuntan a una posible participación del recurrente en los hechos imputados, pero que no concretan su presencia en el lugar de los mismos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario