ALICANTE.- La sala de lo Civil y Penal del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado
anular las escuchas telefónicas contenidas en la pieza separada del
'caso Brugal', relativa al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de
Alicante, tal y como había solicitado en un recurso la alcaldesa de la
localidad, Sonia Castedo, imputada en esta causa.
En un auto del 8 de febrero, el TSJCV rechaza por tercera vez
anular los autos dictados en las diligencias previas por el juzgado de
instrucción nº 3 de Orihuela, por los que se acordaba,
prorrogaba y ampliaba la intervención de las comunicaciones telefónicas
integradas en esta causa.
Así, desestima ahora el recurso de queja interpuesto recientemente
por Sonia Castedo contra el anterior auto por el que el magistrado
instructor del caso Brugal, Juan Climent, había inadmitido el pasado 2
de enero otro recurso interpuesto también por la alcaldesa, contra una
primera resolución que, con fecha del 4 de diciembre, denegó la
anulación de las escuchas.
La sala de lo Civil y Penal reconoce en este último auto que Sonia
Castedo es una "parte legitimada y gravada", pero matiza que "el
presupuesto objetivo referido a la recurribilidad de la resolución no
concurre" en este caso. Al respecto, entre otros aspectos, recuerda que
el recurso interpuesto por Castedo "lo es de queja instrumental por
inadmisión de otro recurso".
Además, entiende que el camino utilizado por la representación
procesal la alcaldesa "veda la posibilidad de la queja", dado que
anteriormente había presentado un recurso de reforma, que tiene
"naturaleza no devolutiva".
Por ello, según recoge, su admisión "corresponde única y
exclusivamente al juzgador que dictó la resolución impugnada y que es
justamente a quien se otorga competencia funcional para su revisión". De
este modo, acuerda desestimar el recurso, y subraya que contra esta
decisión, que "es procesal y no de fondo", no cabe recurso.
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