ALICANTE.- El exalcalde socialista de Alicante Gabriel Echávarri ha recurrido ante
el Tribunal Supremo (TS) y el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat Valenciana (TSJCV), respectivamente, las sentencias que le
condenan a 12 años de inhabilitación por el caso Comercio y a 9 por el
despido, en 2017, de una trabajadora interina del Ayuntamiento, cuñada
del actual alcalde 'popular', Luis Barcala.
El
letrado del exalcalde, José Díez, ha explicado que este
jueves se registró el recurso de casación ante el TS contra la sentencia
de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, que confirma la condena por
prevaricación por fraccionar 189.000 euros en 25 facturas en campañas de
promoción comercial en las Navidades de 2016, así como contra la
decisión que eleva la pena de ocho a 12 años de inhabilitación.
El
alto tribunal español tendrá que responder a preguntas del letrado que
en este recurso cuestiona: "¿En qué fundamentos de derecho de la
sentencia se recogen los argumentos que justifican las conclusiones
alcanzadas en los hechos probados?, ¿De dónde se infiere? ¿De qué
material probatorio extrae la Sala una racional y lógica deducción de
que Gabriel Echávarri eligió y contactó con las empresas señaladas?".
El
abogado recoge en el recurso que a Echávarri, ni en Instrucción ni
durante el juicio, "tras la prueba practicada, ni las empresas ni los
coacusados apoyaron el hecho probado que fundamenta la condena".
"Nadie
le ha vinculado con ninguna de las contrataciones investigadas", se
argumenta en el documento, "por lo que resulta incoherente e ilógica la
inferencia del Tribunal de Instancia por la que fue Echávarri quién las
eligió y contactó".
Así,
se asegura a continuación que "no hay prueba de cargo suficiente para
poder acreditar" que Echávarri decidió sobre las nueve contrataciones,
"por lo que la Sala no puede más que imaginar o especular con tal
circunstancia", indica el recurso, "quedando visible la ausencia de
elemento subjetivo".
En
cuanto al incremento de la pena, Diez afirma que el fiscal no lo ha
pedido y que es un error de la Audiencia de Alicante. Indica que "no es
imputable a nosotros" que no se aplicara la reforma del Código Penal de
julio de 2015, que debía haber establecido penas de 9 a 15 años de
inhabilitación.
En cualquier
caso, el letrado reitera que "lo realmente importante" es la condena de
inhabilitación, por lo que concluye que "para poder ser autor no basta
con ser responsable político, sino que tiene que existir una
intervención personal en las contrataciones".
Asimismo,
fuentes cercanas al caso han confirmado que también han presentado
recursos al Tribunal Supremo -este viernes finaliza el plazo -, los
otros dos condenados: el exasesor Pedro de Gea, en base a la
inexistencia de fraccionamiento de contratos, dado que considera que no
había "unidad operativa"; y, el exjefe de gabinete, Eduardo Díaz, que se
le condena por un euro: "Un burdo error", han asegurado esas fuentes.
En
cuanto a la causa por el despido de la trabajadora interina, cuñada de
Luis Barcala, José Díez señala, en el recurso presentado este pasado
miércoles ante el TSJCV, que es "indiscutible" la existencia de una
causa legal para el despido y que "así lo han corroborado en el juicio
todos los técnicos de la Concejalía de Recursos Humanos".
Así,
ha asegurado el abogado de Echávarri en el recurso, que "no existe
resolución que sea objetivamente contraria a derecho", que "no hay acto
administrativo ilegal", por lo que su actuación "no puede constituir un
delito de prevaricación".
Indica,
además, que las declaraciones vertidas en el plenario por los
trabajadores "dejan poco margen a la interpretación acerca de las
existencia de causa legal para el cese", que incluso calificaron "de
libro", por lo que "el juicio valorativo expresado por el tribunal de
instancia que conllevó la sentencia condenatoria es irracional o carente
de lógica".
Asimismo, el
abogado califica de errónea la elección del verbo "afanaron" en la
sentencia, "al insinuar o dar por sentado", según el documento, que la
argumentación de la causa del despido "fue fruto de una ardua búsqueda
de motivación con apariencia de validez".
Asegura
que Echávarri tomó la decisión por miedo a ser denunciado, que no había
centenares de interinos con cargo a plaza y que en esa circunstancia
solo estaban 47 trabajadores y que 43 de ellos estaban trabajando en el
mismo sitio para el que habían sido contratado, por lo que "solo cuatro
estaban en situación irregular".
La
sección tercera de la Audiencia de Alicante condenó a Gabriel
Echávarri, el pasado 11 de febrero, a nueve años de inhabilitación por
el despido "sorpresivo" y "fulminante" de la trabajadora y en
"represalia" por la denuncia que Barcala, en ese momento portavoz del PP
en el Ayuntamiento, presentó contra Echávarri por el caso Comercio.
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