CAMPELLO.- El pleno del Ayuntamiento de Campello ha suspendido durante un año la tramitación y emisión de informes municipales de compatibilidad urbanística para las llamadas viviendas de uso turístico en edificios en altura de viviendas colectivas (incluidos los locales comerciales ubicados en ellos), y en construcciones unifamiliares y en hilera tipo bungalow, siempre que dispongan de zonas comunes o exista división horizontal.
El argumento es que su irrupción como modalidad de alojamiento, desde el año 2009, “ha provocado notables disfunciones y problemas de convivencia ciudadana”, según ha informado el consistorio en un comunicado. Quedan excluidas de la suspensión las edificaciones de bungalow en hilera que no dispongan de zonas comunes y no exista división horizontal. El ámbito de aplicación de la medida es todo el suelo urbano de uso residencial.
La finalidad de dicha medida, según ha explicado el alcalde Juanjo Berenguer, que también es responsable del departamento de Planeamiento, es la de facilitar el estudio de la reforma de la ordenación urbanística que regule estos usos.
La suspensión de nuevas licencias –acordada con los votos a favor de PP, PSPV-PSOE, Compromís, Per El Campello y EU-Unides Podem, y el posicionamiento en contra de Vox– entrará en vigor a partir del día siguiente al de la publicación del acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la sede electrónica del Ayuntamiento.
En los últimos años, según el consistorio, “se ha producido un proceso de intensa conversión de viviendas residenciales en viviendas destinadas al uso turístico, afectando negativamente a la calidad del entorno urbano y dificultando el acceso a la vivienda“.
Esta situación ha llevado a los ayuntamientos a “intervenir para buscar soluciones a esos problemas”, y ha dado lugar a una jurisprudencia consolidada que los legitima “a planificar urbanísticamente para conciliar la satisfacción del derecho a la vivienda y de la calidad del entorno urbano con el alojamiento turístico para evitar fenómenos como el de la gentrificación, que implica que barrios tradicionales adquieran mayor plusvalía y se vuelven atractivos para personas de mayor poder adquisitivo”.
Asimismo, recuerda que el auge de las viviendas de uso turístico motivó a la Generalitat Valenciana a promulgar una ley en el año 2018 que, entre otras cuestiones, “establecía para obtener licencia un informe favorable del ayuntamiento en cuestión, medida que no resultó enteramente eficaz por cuanto la jurisprudencia configuró a las viviendas de uso turístico, desde una perspectiva urbanística, como un uso terciario y no residencial, propiciando informes de compatibilidad urbanística desfavorables cuando el planeamiento no lo contemplara”.
El pasado agosto, el Consell emitió un Decreto Ley que modifica la normativa y permite a los ayuntamientos a establecer limitaciones “proporcionadas”, por el interés general, en lo que respecta al número máximo de viviendas de uso turístico por edificio, sector, ámbito, área o zona.
A ese articulado se acoge Campello para suspender la tramitación de nuevas licencias durante un año, al objeto de estudiar una nueva regulación en el planeamiento urbanístico de este tipo de vivienda.
Por otra parte, a propuesta del departamento de gestión urbanística que dirige el alcalde, Juanjo Berenguer, el Ayuntamiento de Campello ha aprobado en el pleno anular el convenio urbanístico firmado en el año 2018 con la mercantil ‘Promociones Playa de Campello, S.A.’, para el desarrollo y ejecución del Programa de Actuación Integrada (PAI) del sector SUP-12, SUP-13 y SUNP ‘Terraza de las Lomas’, en Coveta Fumá.
La decisión se adopta tras haber pasado cuatro meses desde que el pleno municipal le concediera un plazo de audiencia para que formulara las alegaciones que estimaran convenientes, sin que en este tiempo haya formulado oposición alguna a que la administración pública diera ese paso.
La propuesta ha salido adelante con los votos favorables de PP, PSPV-PSOE, Vox, y las abstenciones de las formaciones políticas Compromís, Per El Campello y EU-Unides Podem.
La causa de resolución es la declaración de concurso de acreedores de la empresa por un juzgado de Madrid el pasado junio de 2023, “lo que, unido a la falta de reclamación de daños y perjuicios por parte de los propietarios, conlleva la devolución de las garantías formalizadas”, ha indicado el consistorio en un comunicado.
Este plan parcial, contemplado en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1986 al figurar los terrenos como suelo urbanizable programado, fue desbloqueado por la Generalitat en 2017. En esa zona de Coveta Fumà se contemplaba inicialmente la construcción de un total de 664 viviendas sobre 334.000 metros cuadrados entre l’Amerador y la Coveta Fumà, junto a la N-332.
El acuerdo plenario de este jueves cancela la programación para desarrollar urbanísticamente ese territorio, que queda con la calificación de “suelo urbanizable sin programación”.
Se ha acordado también proceder a la devolución de la garantía depositada por el agente urbanizador, y publicar la resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
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