Considera que el sobreseimiento, acordado el pasado 3 de agosto, fue prematuro porque la investigación continuaba abierta y podía aportar datos nuevos "acerca de las dádivas investigadas y los concretos actos de contratación realizados por parte de la Administración Pública valenciana a la empresa Orange Market", ligada a la red de Francisco Correa.
Además, la Fiscalía considera en su escrito, de 20 páginas, que el Tribunal Superior valenciano realizó en este caso una interpretación errónea del tipo penal de cohecho, puesto que, según el art. 426 del Código Penal, existe cohecho desde el momento en que se realiza un regalo a un funcionario público en consideración a su cargo, sin que dicha dádiva suponga la realización inmediata de ningún acto concreto por parte de éste.
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