Pero la sentencia, según confirmaron ayer a este periódico expertos del Tribunal de Luxemburgo, no comportará sanción económica alguna contra el Gobierno de España, y por extensión contra la Generalitat, con lo que no habrá tampoco posibilidad de indemnizaciones para los afectados.
"En caso de dar la razón a los argumentos de la Comisión Europea se exigiría un cambio en la legislación urbanística valenciana", apuntaron fuentes jurídicas, "si no hay modificación alguna se podría reabrir el proceso de infracción y entonces se fijarían sanciones contra el Gobierno por infringir una norma comuntaria".
La multa, en caso de confirmarse, beneficiaría a los presupuestos de la Comisión Europea, pero en ningún caso a los propietarios.
Los expertos juristas consultados por este periódico admiten que la única vía que tienen los afectados para poder cobrar algun tipo de indemnización es plantear recursos ante los tribunales españoles.
"Si la sentencia de Luxemburgo es favorable a ellos, tendrán más fuerza, pero el camino es otro: los tribunales españoles", explica un experto del Tribunal de Luxemburgo. Así que las expectativas que tenían algunas asociaciones de afectados de cobrar importantes cantidades de dinero de la Generalitat se desvanecen.
Uno de los abogados que representa a algunos de los afectados admitía ayer que el problema de fondo es que "no se discute sobre el derecho a la propiedad privada, sino que el debate se ha situado en el proceso de adjudicación de los PAI".
No obstante, para los afectados ya ha sido un logro que sus reivindicaciones llegaran tan lejos. Un proceso que no ha sido, precisamente, un camino de rosas. La presentación del recurso de la Comisión Europea contra el Gobierno de España por los supuestos abusos urbanísticos se ha demorado mucho más de lo previsto.
Aunque la Comisión Europea decidió en junio de 2007 llevar a España ante el Tribunal Europeo de Justicia, atendiendo la demanda de cientos de afectados, el recurso sólo se ha presentado en julio de 2008.
"En un plazo de dos o tres meses debería haberse tramitado, y ha tardado más de un año, algo ha pasado ahí", admite otro jurista. Ya en marzo del año pasado Abusos Urbanísticos No (AUN) denunció que el tema "se cayó" de la agenda de la reunión de la Comisión en marzo, justo antes antes de las elecciones autonómicas, y sólo fue aprobado en junio, después de revalidar el PP una nueva mayoría absoluta en la Generalitat.
Las presiones de los gobiernos autonómicos y estatal han podido demorar este proceso, pero ahora se plantea por fin la batalla jurídica. España tiene un plazo de dos meses para presentar alegaciones, y en este proceso se podría volver a enredar la madeja, ya que la Generalitat, gobernada por el PP, no tiene entidad jurídica propia para poder defenderse y ha de ser el Gobierno de España, en manos de los socialistas, el que tutele la defensa jurídica.
En este sentido, será la Abogacía del Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores la que ejerza la defensa del Consell.
En el plazo de un año, para septiembre de 2009, según cálculos de varios expertos consultados, se podría celebrar ante el Tribunal de Luxemburgo una vista pública en la que cada una de las partes enfrentadas, Comisión Europea y Gobierno de España defiendan sus respectivos puntos de vista.
Es posible que también intervenga algún Estado miembro que se considere afectado por este proceso. Quizás el Reino Unido, con un importante número de residentes en la Costa Blanca que se han sentido víctimas de los abusos urbanísticos y cuyo cónsul adquirió un protagonismo especial en las visitas que los eurodiputados hicieron a la Comunidad Valenciana, se persone a favor de las tesis de la Comisión Europea.
Tras la vista pública en el Tribunal de Luxemburgo, dentro de un año aproximadamente, un Abogado General examinará con detalle el caso en cuestión y emitirá un informe en el que dará su opinión, tras este dictamen el Tribunal de Luxemburgo se reunirá y se pronunciará mediante una sentencia, algo que podría llegar en un plazo de unos dos años.
Los expertos consultados ayer por este periódico advirtieron de que en el fondo no se dirimirá si la aprobación y ejecución de estos PAI, que han permitido construir miles de viviendas, ha violado el derecho a la propiedad privada de los residentes que habían adquirido hace años sus fincas.
La cuestión de fondo que analizará el Tribunal de Luxemburgo es si estos PAI son un contrato público, como defienden la plataforma Abusos Urbanísticos No (AUN) y la propia Comisión Europea, o si se trata de un contrato administrativo especial, como estima el gobierno de la Generalitat.
En el primer caso, no se trata sólo de que la tramitación de estos programas urbanísticos deba seguir unos rigurosos criterios de publicación, selección y adjudicación pública, sino que se deben regir por el derecho comunitario y respetar los estrictos límites que éste impone.
Sin embargo, si se considera que un PAI es un contrato administrativo especial , ello supondrá dejar al libre albedrío de cada gobierno autonómico o local su política urbanística y los criterios de adjudicación de estos programas.
"Aunque parece que se discute del sexo de los ángeles, las consecuencias son importantísimas: si prospera la tesis de los gobiernos valenciano y español, un ayuntamiento tendrá que aplicar la normativa europea de contratos públicos para comprar fotocopiadoras o para construir su nueva sede, pero para aprobar PAI valorados incluso en más de cien millones de euros, el ayuntamiento tendrá las manos libres siempre que respete la legislación autonómica.
Extraño, ¿no?", explica un experto consultado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario