VALENCIA.- El Tribunal Supremo (TS) confirmó ayer la nulidad de doce de los dieciséis artículos del decreto de la Generalitat Valenciana que regula la Oficina de Derechos Lingüísticos. De esta forma, el alto tribunal ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (Tsjcv), de mayo de 2020 que impugnó la Generalitat Valenciana.
En la sentencia, el Supremo coincide con el TSJ valenciano (que dio la razón en 2020 a un recurso emitido por el PP de la Comunitat Valenciana y la Asociación en Defensa del Castellano) en que la regulación de la Oficina en materia de reclamaciones y sugerencias no es conforme a derecho por no prever un procedimiento administrativo y la posibilidad de que el acto administrativo sea recurrido o impugnado.
Para el TS, «es claramente contrario a los principios de seguridad jurídica y responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de la Constitución Española».
La Generalitat valenciana, por el contrario, explican las fuentes jurídicas, mantenía que las reclamaciones y sugerencias reguladas en el decreto no constituían actos administrativos, lo que excluía la necesidad de quedar sujetas a procedimiento administrativo, siendo innecesario por tanto la regulación por ley.
Añadía que la intervención de la oficina en materia de reclamaciones y sugerencias era una «actuación/función de mediación o asesoramiento» que no genera actos administrativos ni exige la existencia de un procedimiento administrativo.
Pero el Supremo discrepa y destaca que se debe partir de que la norma reglamentaria impugnada, que determina en su artículo 10 que, en todos los casos, la Oficina «iniciará un expediente informativo para averiguar si los hechos expuestos por la persona interesada constituyen una vulneración de los derechos lingüísticos de acuerdo con la normativa vigente» y que «las personas interesadas serán informadas con respecto al estado de su tramitación».
«La comunicación de la respuesta se regirá por las normas que regulan el trámite de la notificación para los actos administrativos», apostilla. Esta decisión vacía de contenido 12 de los 16 artículos del decreto regulador de la Oficina de Derechos Lingüísticos presentadas por el Consell, que fue anulada por el Tsjcv y ahora confirmada por el alto tribunal.
El director general de Política Lingüística, Rubén Trenzano, aseguró ayer que los ciudadanos valencianoparlantes o valencianohablantes «no tienen sus derechos lingüísticos asegurados» y que, por eso, «es necesaria la Oficina». Trenzano, que emitió este mensaje a través de sus redes sociales, aseguró también que continuarán trabajando para hallar la fórmula eficaz que garantice «los derechos lingüísticos de las valencianas y valencianos».
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